Vendedores de Autos Dejan de Ser Sujetos Obligados

Vendedores de Autos Dejan de Ser Sujetos Obligados

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Decreto 891/2024

DECTO-2024-891-APN-PTE – Modificación de la Ley N° 25.246.

Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2024

ARTÍCULO 6°.- Deróganse los incisos 21 y 22 del artículo 20 de la Ley Nº 25.246 y sus modificaciones.

ARTÍCULO 7°.- El presente decreto entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 8°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI – Guillermo Francos – Mariano Cúneo Libarona

  1. 10/10/2024 N° 71792/24 v. 10/10/2024

Artículo 20: Están obligados a informar a la Unidad de Información Financiera (UIF), de conformidad con las normas que dicte dicho organismo, los siguientes sujetos:

  1. Las personas humanas o jurídicas, u otra estructura con o sin personería jurídica, cuya actividad habitual sea la compraventa de automóviles, camiones, motos, ómnibus y microómnibus, tractores, maquinaria agrícola y vial, naves, yates y similares, aeronaves y aerodinos.

 

DEROGADO

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