Con fecha 15 de agosto del corriente año, la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad del Automotor, mediante la publicación de la Disposición D.N. Nº 342/2017, puso límite a la cantidad de presentaciones en los Registros Seccionales que puede realizar un MERO PRESENTANTE. Las mismas son de 6 desde 23 de octubre hasta fin de 2017 y luego serán de 15 por año calendario a partir del 2018..
Con fecha 29 de septiembre del corriente, la Dirección Nacional ante dicha publica la Circular D.N. Nº 39/2017. Donde indica los pasos a seguir de los Registros Seccionales y Comerciantes Habitualistas con referencia a la Disposición mencionada en el párrafo anterior. En el Anexo I punto 10 de la circular, exime de las limitaciones de las 6 o 15 presentaciones anuales a los dependientes de los comerciantes Habitualistas que realicen trámites en los Registros Secciones. Y en el Anexo II, indica la forma de cargar a los dependientes para hacer uso de ese beneficio.
Con fecha 18 de octubre del mismo año, se dicta la Circular D.N. Nº 40/2017, impulsando las dos medidas anteriores, dada la entrada en vigencia y la poca carga en la web de las normas mencionadas.
Las normas citadas fueron enviadas a los socios por la vía de correo electrónico.
Juan Orsi
Asesor Registral
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