Beneficios para Comerciantes

Con fecha 15 de agosto del corriente año, la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad del Automotor, mediante la publicación de la Disposición

Con fecha 15 de agosto del corriente año, la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad del Automotor, mediante la publicación de la Disposición D.N. Nº 342/2017, puso límite a la cantidad de presentaciones en los Registros Seccionales que puede realizar un MERO PRESENTANTE. Las mismas son de 6 desde 23 de octubre hasta fin de 2017 y luego serán de 15 por año calendario a partir del 2018..
Con fecha 29 de septiembre del corriente, la Dirección Nacional ante dicha publica la Circular D.N. Nº 39/2017. Donde indica los pasos a seguir de los Registros Seccionales y Comerciantes Habitualistas con referencia a la Disposición mencionada en el párrafo anterior. En el Anexo I punto 10 de la circular, exime de las limitaciones de las 6 o 15 presentaciones anuales a los dependientes de los comerciantes Habitualistas que realicen trámites en los Registros Secciones. Y en el Anexo II, indica la forma de cargar a los dependientes para hacer uso de ese beneficio.
Con fecha 18 de octubre del mismo año, se dicta la Circular D.N. Nº 40/2017, impulsando las dos medidas anteriores, dada la entrada en vigencia y la poca carga en la web de las normas mencionadas.
Las normas citadas fueron enviadas a los socios por la vía de correo electrónico.

Juan Orsi
Asesor Registral

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